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30 nov 2012

Justicia Europea analiza si enlazar noticias es delito


¿Es el enlace un acto de comunicación pública? En síntesis esta es la pregunta que un órgano judicial sueco ha planteado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y que se tramita como el asunto C-466/12. Una pregunta que, cuando se ha planteado a los jueces españoles, ha obtenido una clara respuesta en contra de forma mayoritaria. Ahora le tocará pronunciarse, esperemos que de forma definitiva, a la Justicia europea.
La consulta planteada se articula en torno a 4 preguntas concretas, que pueden agruparse en dos interrogantes principales.
El primero gira en torno a la posibilidad de que el enlace pueda constituir un acto de comunicación pública y si para ello hay que tener en cuenta el tipo de enlace y la forma de acceso a la obra enlazada.
El segundo se centra en si los Estados pueden ampliar el catálogo de actividades a considerar como comunicación pública respecto de lo previsto en la Directiva.
De esta forma, la primera de las cuestiones que se plantean al Tribunal no resulta difícil de entender y su tenor literal es suficientemente ilustrativo. Resumiendo la pregunta y siendo fieles al texto, podría enunciarse así: Si una persona ofrece en su página de Internet un enlace a una obra ajena, ¿realiza una comunicación al público de esa obra en el sentido de la Directiva 2001/29/CE?
Como decimos, esta pregunta ha sido respondida por los jueces españoles en sentido negativo y, aunque en ocasiones se ha sugerido a nuestros órganos judiciales el planteamiento de esta cuestión a Europa,siempre han considerado que no era necesario.
Pero hay que tener en cuenta que junto con esta pregunta principal se efectúan otras tres de suma importancia.
En la segunda cuestión, se pregunta al tribunal si, para apreciar la existencia de esa comunicación pública, hay que tener en cuenta si la obra enlazada se encuentra en una página de Internet a la que pueda acceder cualquier persona sin restricciones o cuyo acceso esté limitado de algún modo.
Es pronto para aventurarse sobre los motivos de esta pregunta y habrá que esperar a que se conozcan los antecedentes del caso para entender las razones que llevan a plantearse esta distinción según el acceso a la obra se encuentre o no limitado (con una utilización de contraseña, por ejemplo), así como si esa distinción tiene efectos prácticos sobre la institución de la comunicación pública.

¿Distinción entre enlaces?

En la tercera cuestión se pregunta igualmente por otra circunstancia a tener en cuenta eventualmente para la existencia de comunicación pública. Lo que se viene a preguntar aquí es si hay que diferenciar entre los enlaces normales, por decirlo así, y los enlaces "embebidos" a efectos de considerarlos como un acto de comunicación pública. Una cuestión realmente interesante sobre la que se tendrá que pronunciar ahora el Tribunal consultado y que se plantea en estos términos: "¿debe realizarse una distinción según que la obra, una vez que el usuario haya hecho clic en el enlace, se presente en otra página de Internet o se presente de modo que parezca que se encuentra en la misma página?".
En España, lo que sí sucedió una vez es que se diferenció entre enlaces a obras compartidas mediante redes P2P, para considerar que estos no suponen comunicación pública, y los enlaces a obras compartidas mediante sistemas de descarga directa que, en cambio, sí tendrían la consideración de comunicación pública. Pero como se destacó en su momento, la sentencia no aclara por qué unos enlaces (a descargas directas) son 'comunicación pública' y otros (a archivos P2P) no.
Por lo demás, este criterio de diferenciación la verdad es que no ha tenido mucho predicamento en otras resoluciones posteriores y constituye realmente un extravagancia más a la que nos tienen acostumbrados algunos jueces.
Finalmente, la última cuestión que se somete al criterio europeo es probablemente la más interesante. En concreto, y sobre todo para la eventualidad de que las anteriores preguntas se resuelvan de forma negativa, se pregunta si un Estado puede ampliar el concepto de comunicación pública de la Directiva 2001/29/CE, a fin de que comprenda más actos que los derivados del artículo 3, apartado 1 de dicha Directiva.
En concreto: ¿Están facultados los Estados miembros para otorgar al autor una protección más amplia de su derecho exclusivopermitiendo que la comunicación al público comprenda más actos que los derivados del artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información?
Los intermediarios del mercado de la propiedad intelectual siempre han pretendido que la actividad de enlazar constituya uno de los actos de explotación de la obra bajo el concepto de comunicación pública y, sin atreverse a modificar la Ley de Propiedad Intelectual (acaso por poder contravenir la Directiva europea), han pretendido infructuosamente obtener dicho pronunciamiento de los jueces españoles.
La pelota ahora está en el tejado de la Justicia europea. Esperemos que esté a la altura de las circunstancias.

6 nov 2012

La justicia es solo para los ricos y los pobres a la calle

Rondan los 80 años y han estado a un tris de quedarse en la calle. Hace dos semanas lograron parar la subasta de su piso, el que compraron en 1971 y acabaron de pagar en 1975, pero que hipotecaron de nuevo hace unos años como aval de la inversión que su único hijo hizo para abrir un bar. “Claro que fue culpa nuestra por confiar en los bancos, pero quién nos lo iba a decir... Por un hijo una lo da todo”, suspira Pilar Rodríguez, de 78 años, cogida de la mano de Aquilino Álvarez, de 82, en el sofá de su casa de Barcelona.


“Los bancos engañan a los pobres como nosotros: viejos, enfermos y sin dinero”, dice Pilar, “siempre nos dijeron que no nos preocupáramos de nada”. Con la ayuda de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) han conseguido parar la subasta y negociar un alquiler social que les permitirá quedarse a vivir en el piso hasta que se mueran. Pagarán entre 250 y 300 euros, están pendientes de firmar el contrato. La vivienda, con todo, ya no es suya. Es del Banco Popular, después de que absorbiera al Banco Pastor y este al Banco de Galicia, con quien la familia había contraído la hipoteca en una oficina de Lugo.


Que el piso y el matrimonio estuvieran en Barcelona y el hijo y la hipoteca en una entidad de Galicia absorbida por dos veces ha complicado el proceso. Pero ni la familia ni la PAH se han rendido. De hecho, la subasta se detuvo el mismo día que estaba prevista, recuerda la abogada y activista de la Plataforma, Eva Corredoira. Para detener este desahucio han negociado a distancia con la oficina de Vigo del Banco Popular, que a su vez recibía instrucciones de la central en Valladolid. También ha intervenido la PAH de Lugo, relata Corredoira.


Fue en agosto pasado cuando llamaron a la puerta de Pilar y Aquilino con la carta que ponía fecha a la puja: 26 de octubre. Hacía pocas semanas que habían regresado del hospital, donde el hombre se recuperó durante cuatro meses de un ictus. Del susto de la salud, al del desahucio. La hipoteca que contrajeron por 100.000 euros, en dos años de impagos se había convertido en una deuda de 200.000. “Todo porque el socio de mi hijo le engañó, está en paradero desconocido, mientras mi hijo intenta sacar el bar adelante”, explica Pilar. El piso es sencillo, un segundo sin ascensor en el barrio del Guinardó de la capital catalana.


Después de la parálisis inicial al recibir la carta de la subasta, fue una sobrina de Aquilino y Pilar quien reaccionó. Había oído de la PAH y se presentaron en la asamblea semanal de este movimiento ciudadano. Ahí empezó su lucha para poderse quedar en casa. El piso que compraron en 1971 “por un millón cincuenta mil pesetas”. “Trabajamos como burros para pagarlo. Día y noche. Cobrábamos 7.100 pesetas y pagábamos 6.500 de letra. Teníamos ocho años para pagar y lo hicimos en solo cuatro”, recuerda perfectamente Pilar. Aquilino trabajaba de Guardia Urbano en el Ayuntamiento de Barcelona y complementaba su sueldo con chapuzas que hacía fuera de horario. Ella llevaba la casa y se ganaba un dinero bordando. Como otros tantos miles de emigrantes llegados a Barcelona en los sesenta.


Ya jubilados, solo querían “tranquilidad” y lo último que esperaban era enfrentarse a un banco. Verse, por ejemplo, con ochenta años, cruzándose la ciudad con tres autobuses para ir a la Ciudad de la Justicia a pedir abogado de oficio. Afortunadamente, aunque tienen al hijo en Lugo, tienen muchos hermanos y sobrinos en Barcelona. “La justicia es muy injusta. Es justa solo para los ricos. ¿Cómo pueden echarte de casa y que te quedes con la deuda?”, se queja Pilar mientras Aquilino le tira de la mano y le murmura: “¡No te metas en política!”. “¿Los políticos? Les oyes y hablan todos muy bien, pero luego... Pasan las elecciones y hacen todos igual. Esto mismo de los desahucios, no deberían permitirlo. Si alguien no paga, no es porque no quiera, es porque no puede. Si no puedes pagar cien, pues que te dejen pagar la mitad”, reivindica: “Y si tardas más, ya lo pagarán tus hijos, y si no tienes, entonces sí que se lo queden”.


Pilar no se amedrenta a la hora de cuestionar el sistema hipotecario que ha atrapado a miles de familias en España: “Cuando vas al banco, todo son buenas palabras y mira luego”. Sobre la PAH no tiene más que buenas palabras. Ella, cuenta, avisó a los servicios sociales del Ayuntamiento, a la trabajadora familiar que acude tres días a ayudarles, al área de Vivienda de la Generalitat... pero nadie respondió como la Plataforma. “Yo le recomiendo a todo el mundo que vaya a la PAH”, dice. El matrimonio incluso ha participado en algunas asambleas los viernes, pero con la llegada del frío les cuesta más salir de casa. Aquilino, eso sí, no quiere perderse “una manifestación que hay convocada un día de estos”.


Parada la subasta, ahora lo que angustia al matrimonio es saber exactamente cuánto tendrán que pagar de alquiler y cuáles serán las condiciones del contrato. Si pueden estar tranquilos los años que les quedan. Lo dicen tal cual: “Por lo menos los dos o tres años que nos queden”. La pensión que cobra Aquilino no está nada mal en los tiempos que corren: 1.200 euros al mes. “Nuestras cuentas nunca han sido para volar, pero sí para no deber a nadie y poder celebrar la Navidad con la familia e ir una vez al año a Galicia”, dice Pilar. Intentarán “no tener que pagar la contribución —el Impuesto de Bienes Inmuebles—, ni los gastos de escalera”. “Por lo menos que nos quede para poner la calefacción, porque para comer, si hace falta se comen patatas con aceite”, dicen.


Los vecinos de Aquilino y Pilar les quieren un montón. “Se pelean para subirnos la compra”, sonríe ella. Aun así solo una vecina de la escalera y la familia están al corriente de lo que han pasado. No es que les dé vergüenza, “pero mira, no se lo hemos contado a nadie más, por suerte ha acabado bien”.


Las Plataformas de Afectados por la Hipoteca no tienen cifras de cuántos casos se logran resolver con un alquiler social que permita a las familias quedarse en casa. Son tratos entre particulares y entidades, no hay un registro de casos. Sí saben, explica Corredoira, que las entidades son reacias a esta fórmula.


http://afectadosporlahipoteca.wordpress.com/


Fuente: ElPais.com

5 nov 2012

El marido de @ccifuentes se fotografía en la Delegación del Gobierno pese a estar en “ignorado paradero”


Pese a que la Justicia española da en “ignorado paradero” al marido de Cristina Cifuentes, la delegada del Gobierno en la Comunidad de Madrid, Francisco Javier Aguilar Viyuela no tuvo reparos en acudir a la propia delegación del Gobierno y fotografiarse junto a su mujer y otros miembros de su familia.
En la instantánea, a la que se podía acceder a través del perfil de Facebook de una de las hijas de Cristina Cifuentes (y que ya circula por internet), se observa a Francisco Javier Aguilar Viyuela situado el primero a la derecha. Previsiblemente, la instantánea fue tomada el 16 de enero de 2012, día en que Cifuentes prometió su cargo en un acto en el que participaron decenas de cargos públicos, mandos policiales y representantes políticos, económicos y sindicales.
Junto al ministro de Justicia
De hecho, en el acto estuvieron presentes el ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón, y el ministro de Interior, Jorge Fernández Díaz. Francisco Javier Aguilar Viyuela también coincidió en la Delegación del Gobierno de la Comunidad de Madrid con Esperanza Aguirre, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, y más de una decena de altos cargos del Partido Popular como Ignacio González, Regina Pañiol, Percival Manglano, Javier Fernández Lasquetty, Antonio Beteta o Engracia Hidalgo.
“En ignorado paradero”
ELPLURAL.COM desveló en exclusiva el pasado 20 de junio que la justicia española no logra dar con el paradero de Francisco Javier Aguilar Viyuela. Así consta en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (B.O.C.M.), que ha llegado a emitir varias cédulas de notificación puesto que Viyuela, quien afronta un litigio relacionado con problemas laborales surgidos a raíz de su actividad empresarial, se encuentra en “ignorado paradero”.
Fue alto cargo del PP
Aunque lleva años alejado de la primera línea política, Javier Aguilar fue en la década de los noventa alto cargo del Partido Popular madrileño, llegando a ser director general de Patrimonio Cultural del Gobierno de Alberto Ruiz-Gallardón cuando el siempre polémico Gustavo Villapalos era consejero de Educación.
Perdiendo los nervios
Pese a que los medios de comunicación han silenciado mayoritariamente los problemas que la Justicia tiene para dar con el paradero de Javier Aguilar, el pasado 24 de septiembre el periodista Melchor Miralles le preguntó a Cifuentes en ABC Punto Radio por la situación jurídica de su marido. La delegada del Gobierno perdió los nervios, dijo que la información era una “infamia” y apeló a su “vida privada” para despachar el asunto.